La
medida rige para todos aquellos empleados cuyas labores se relacionen con el
expendio o venta directo al público de las mercaderías o productos que en ellos
se ofrecen
Por
ley los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de
cada año, son feriados obligatorios e irrenunciables para todos los
trabajadores del comercio. Por lo mismo, el Intendente de O’Higgins, Juan Ramón
Godoy Muñoz, el Seremi del Trabajo, Sergio Salazar, y el Director Regional de
la Dirección del Trabajo, Juan Carlos González, llegaron hasta el mall Open
Plaza de Rancagua para informar a los trabajadores de sus derechos.
En
la ocasión, se informó que la medida rige para todos aquellos empleados cuyas
labores se relacionen con el expendio o venta directo al público de las
mercaderías o productos que en ellos se ofrecen. Aunque los locales comerciales
atendidos por sus propios dueños pueden abrir durante ambos días feriados.
La
máxima autoridad regional, indicó que junto a nuestras autoridades “estamos
informando y conversando con los trabajadores en relación a este feriado
irrenunciable, en donde la ley es clara, ya que dice que se deben cerrar las
cortinas del comercio el día 17 de
septiembre a las 22 horas e incorporarse el día 20 a las 6 de la mañana”.
“Esta
medida es muy importante sobre todo para los trabajadores que tienen horarios
extensivos, donde gracias a esta iniciativa gubernamental podrán disfrutar de
estas fiestas en familia” sentenció la autoridad.
Durante
el fin de semana fiscalizadores recorrerán las diversas comunas de la región,
chequearán los cierres y multarán en caso de infracción.
Así
lo expresó el Seremi del Trabajo, Sergio Salazar, quien sostuvo que “siguiendo
la política de nuestra presidenta lo que se ha establecido es la dignidad de
los trabajadores y esa dignidad también se compatibiliza lo que es la vida
laboral con la familiar. Así que el llamado es a los empleadores, aunque en la
región hemos tenido pocos casos en los que se ha realizado fiscalización y se
incumplido la norma”.
Cabe
recordar que se exceptúa de la norma a aquellos trabajadores que se desempeñan
en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como,
cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets y casinos de juegos.
Por
su parte, el Director Regional de la Dirección del Trabajo, Juan Carlos
González, explicó que “en caso de sorprender trabajadores laborando en los días
festivos los empleadores arriesgan multas entre las 5 y las 20 UTM dependiendo
de la cantidad de trabajadores con los que cuenten. Aunque las farmacias de
turno pueden atender para la seguridad de los ciudadanos”.
Durante
los días 17, 18 y 19 de septiembre se recibirán las denuncias por
incumplimientos al feriado irrenunciable del comercio en el sitio web de la
Dirección del Trabajo (www.direcciondeltrabajo.cl) y en el momento de recibirlas los
fiscalizadores de turno se dirigirán al lugar para constatar los hechos y
suspender la faena en caso de infracción.
