Así lo informó el seremi del Trabajo, Sergio Salazar y el
director regional del servicio, Juan Carlos González.
La Dirección del Trabajo (DT) estableció que el permiso
de cinco días legales otorgados por las empresas a quienes contraen matrimonio
también es aplicable a las parejas que se unen en virtud del Acuerdo de Unión Civil
(AUC).
La resolución está contenida en el dictamen N°2888
emitido ayer y divulgado públicamente hoy por el organismo administrativo
encargado de interpretar la legislación laboral.
El pronunciamiento fue elaborado en respuesta a
solicitudes hechas por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual
(Movilh) y la Fundación Iguales para que la DT revirtiera un dictamen anterior
emitido el 10 de octubre de 2015 a propósito de la promulgación de la Ley
N°20.830 sobre el AUC.
En aquel dictamen la DT había señalado que los cinco días
legales de permiso no eran aplicables a las parejas unidas por el AUC debido a
que el artículo 207 bis del Código del Trabajo, que aborda el tema, no había
sido modificado en el sentido de ampliación del beneficio.
Sin embargo, en este nuevo pronunciamiento la DT señala
que “el permiso por matrimonio que consagra el artículo 207 bis del Código del
Trabajo -incorporado en la Ley N°20.764- es aplicable al trabajador o
trabajadora que otorga el Acuerdo de Unión Civil conforme a la Ley N°20.830”.
Para ello la DT se respalda en que “el derecho a la
igualdad de trato y de la garantía de no discriminación está garantizado en
Constitución y leyes”.
El director del Trabajo de la región de O´Higgins, Juan
Carlos González, sostuvo que “un posterior estudio más detallado del tema nos llevó
a la convicción de que eventualmente
debíamos reconsiderar esa doctrina inicial y hacer extensible este permiso de
cinco días establecido en el artículo 207 bis de la ley también a los casos de
Acuerdo de Unión Civil”.
A su vez el seremi del Trabajo, Sergio Salazar, añadió que
“hay principios generales del derecho que tienen que ver con la igualdad de
trato y la no discriminación, y la lógica de toda la nueva ley es ir otorgando
beneficios a las personas que contraen la unión civil similares a los del
matrimonio”, agregó “en consecuencia, no
aplicar ni hacer extensible este beneficio podía significar una suerte de
discriminación y trato no igualitario”.
La autoridad laborales complementaron que esta paridad de
derechos no se remite solo a los cinco días de permiso, sino que puede
ampliarse a otros beneficios laborales como bonos diversos que, aunque no son
de obligación legal, suelen ser pactados en contratos o convenios colectivos.
“No existe ningún inconveniente en que de común acuerdo las partes apliquen
efectivamente este tipo de beneficios también en los casos de unión civil”,
concluyó el director del Trabajo.