Publicado
07 Agosto 2015
Bajo el mensaje “los productos
no deben dañarte”, las autoridades regionales hicieron un llamado a los
consumidores a conocer sus derechos en materia de seguridad, los cuales son
irrenunciables.
Además informaron sobre cuáles
son las normas mínimas con las que deben cumplir los juguetes, para que éstos
sean seguros para los niños y no pongan en riesgo su salud.
El Intendente Regional, Juan Ramón Godoy Muñoz, junto al el Directora
Regional del Sernac, Mauricio Retamal G.
lanzaron la campaña de seguridad en el consumo, denominada “los productos no
deben dañarte”.
Esta iniciativa busca informar
a los consumidores sobre los derechos en la seguridad del consumo, puesto que
son derechos irrenunciables sobre los productos y servicios adquiridos. Las
autoridades regionales hicieron entrega de un informativo sobre normas mínimas
para que un juguete sea seguro, así como las etiquetas deben entregar información
relevante del producto.
Por ello, el Intendente y el
Director Regional hicieron un llamado a los consumidores a comprar en el
comercio establecido, pues sólo así podrán exigir sus derechos, como por
ejemplo, el de la garantía legal, la seguridad en el consumo o indemnización en
el caso de perjuicios.
Y a su vez reiteraron que las
empresas tienen el deber de tomar las medidas para no poner en riesgo a los
consumidores y a sus bienes, por ejemplo, en el caso de que éstos sean
inflamables.
El Intendente, Juan Ramón Godoy
Muñoz, señaló “que los niños y niñas tienen derecho a jugar con productos
seguros, de ahí la importancia de que los padres compren en el comercio
establecido y se fijen en que los juguetes estén correctamente rotulados”.
Por ello, Godoy hizo un llamado
a los consumidores a exigir la boleta, ya que con este documento podrá ejercer
su derecho a la garantía legal del producto, en caso en que éste salga malo o
no es apto para su uso normal.
El Director Regional del
SERNAC, Mauricio Retamal, recalcó que al
adquirir productos en el comercio establecido los consumidores pueden ejercer
los derechos que otorga la Ley del Consumidor, como la libre elección,
información veraz y oportuna, seguridad y a exigir la reparación o
indemnización en el caso de sufrir algún daño.
Retamal agregó que es
importante fijarse en que los productos estén correctamente rotulados. “La
normativa exige que los envases tengan información en castellano, que tenga
advertencias e instrucciones para su uso seguro, cuando exista algún riesgo y
por último, se debe informar sobre el país de origen, razón social y dirección
del fabricante o importador, puesto que si el consumidor tiene algún problema
con el producto sepa a dónde y a quién reclamar”, afirmó.
Normas mínimas para un juguete
seguro
Las autoridades regionales
pidieron a los padres considerar el cumplimiento mínimo que deben tener los
juguetes para que sean seguros para los niños:
-Que sus piezas o partes no
obstruyan la respiración.
-Que los envases no contengan
elementos cortantes ni punzantes.
-Que los envases adviertan que
el embalaje debe estar alejado de los niños.
-Que no sea inflamable.
-Que no sea tóxico.
-Que indique la edad de uso
recomendada, utilizando mensajes como “advertencia, no apropiado para niños
menores de 3 años”.
-Que no sea falsificado.
Además, recalcaron que lo
mínimo que deben contener las etiquetas son:
-Información del nombre del
producto.
-Información del país de origen,
razón social y dirección del titular (fabricante o importador).
-Deben indicar que su uso es
bajo la vigilancia de un adulto, cuando exista algún riesgo.
-Deben tener contenido en idioma
castellano.
Análisis de Publicidad
El SERNAC, además, realizó un
análisis de piezas publicitarias sobre el día del niño, las cuales fueron
emitidas a través de prensa escrita y catálogos de grandes tiendas y
supermercados, desde el 1 de julio hasta el 2 de agosto. Para ello, se
consideraron 61 piezas publicitarias correspondientes a 30 empresas.
En este estudio se detectaron
que 17 piezas presentaban problemas de información, 8 de las cuales serán
oficiadas y 9 piezas que serán denunciadas por
incumplimiento a la Ley de Protección al Consumidor y la Guía de Alcance
Publicitario y de Prácticas Comerciales del SERNAC, publicada en el sitio web
de la institución.
Entre las principales irregularidades
detectadas se referían a frases como “hasta agotar stock”; letra ilegible;
falta de comprobabilidad; falta de información Carga Anual Equivalente y Costo
Total del Crédito; imagen referencial; entre otros.
Fuente: Dellibertador
