Así
lo informó la Directora Regional de la Superintendencia de Educación de
O’Higgins, Lorena Cuevas Escobar, “Los establecimientos pueden solicitar
artículos escolares sin especificar la marca o el lugar donde deben ser
comprados. Asimismo con los uniformes escolares. Esta medida debe ser respetada
por los establecimientos y si algún padre o apoderado es obligado a comprar los
artículos escolares con algún proveedor específicos puede realizar la denuncia en
la Superintendencia de Educación”.
La
exigencia de marca de útiles o la compra de uniforme en un lugar exclusivo,
puede vulnerar los derechos del alumno, constituyéndose en una situación de
discriminación, por lo que el apoderado puede realizar la denuncia respectiva
la cual será investigada por la SIE.
Además
Lorena Cuevas se refirió a las sanciones indebidas de algunos establecimientos
con respecto a la falta de los artículos escolares, “los establecimientos no pueden aplicar como
medida sancionatoria excluir de clases a un alumno o alumna por no contar con el uniforme o con los útiles
escolares ya que lo expone a una situación discriminatoria que afecta el proceso de aprendizaje del alumno o
alumna”.
Con
respecto a la exigencia de útiles de aseo y otros la Directora señaló que los
establecimientos tampoco pueden exigir en la lista de útiles escolares,
artículos para mejorar la infraestructura del colegio (cerámicas, ladrillos,
pinturas, u otros). Estos materiales pueden ser donados voluntariamente y jamás
ser obligatorios.
La
Superintendencia de Educación lanzó una campaña informativa al respecto y a través de un video entrega consejos
a los padres, apoderados, estudiantes y a toda la comunidad escolar y reitera
que ningún estudiante, por no contar con los útiles o uniforme escolar, podrá
ser sancionado con la restricción al pleno ejercicio del derecho a la
educación.
El
video, difundido a través de las redes sociales Facebook, Twitter y Youtube,
entrega los siguientes cinco consejos:
1.
Útiles escolares: Cuando compre los útiles escolares elija los que más se
ajusten a su presupuesto. El establecimiento no debe exigir marcas ni
fabricantes.
2.
Uniformes escolares: Realice la compra del uniforme escolar en el lugar que más
se ajuste a su presupuesto. No es obligación adquirirlos en una tienda o proveedor
específico. Si existe un motivo especial por el cual el estudiante no puede
adquirir o usar el uniforme, acérquese al director o directora y exponga su
situación. El uniforme escolar forma parte de las decisiones de cada
establecimiento, pero no es motivo para prohibir la participación del
estudiante en clases.
3.
Artículos de aseo y oficina: Ningún establecimiento deberá exigir en la lista
de útiles, la compra de artículos de aseo y oficina. Estos artículos son
financiados por una subvención que el Estado otorga a cada sostenedor.
4.
Beneficio Junaeb: Junaeb cuenta con un programa especial que entrega un set de
útiles escolares a estudiantes de colegios municipales y particulares
subvencionados que cumplan con ciertos requisitos. Acérquese a las oficinas de
atención de Junaeb para saber si es beneficiario.
5.
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Fuente: Superintendencia O’Higgins
