Aumentan exigencias para el traslado de niñas y niños en vehículos livianos


La ley 20.904 perfecciona la legislación vigente en lo relativo al transporte de menores en vehículos livianos y aumenta las sanciones para aquellos conductores que no trasladen a los niños/as  en asientos traseros o que no utilicen sistemas de retención infantil.

A partir de miércoles 16 de marzo, los niños de hasta 12 años deberán trasladarse en el asiento trasero de los vehículos livianos. Esto, de acuerdo a una modificación a la ley de tránsito que fue aprobada de manera transversal en el Congreso, que nació de una moción parlamentaria impulsada por diputados de diversos sectores y que fue apoyada por el  Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones durante su tramitación.

La Intendenta de la Región de O’Higgins, Teresa Núñez, explicó la importancia de esta nueva normativa, ya que “una de las preocupaciones del Gobierno de la Presidenta, Michelle Bachelet, son los niños y niñas del país. Lo que estamos haciendo es dar a conocer  cómo y dónde deben estar instalados nuestros niños y niñas dentro del vehículo, desde cuándo empieza a funcionar esta normativa y cuáles van a ser los parámetros en la fiscalización que va a ser a través de Carabineros de Chile”.

La máxima autoridad regional además hizo un llamado a los padres, donde sostuvo que “esta normativa que empieza a regir ahora y que será gradual, busca que los padres tomen conciencia del cuidado que deben tener a la hora de trasladar a sus hijos, ya que está demostrado que el uso del cinturón de seguridad y de sistemas de retención infantiles, pueden reducir entre un 50% y un 80% las lesiones mortales y graves de bebés y niños y niñas ante un accidente de tránsito”.

Mientras que el Seremi de Transporte y Telecomunicaciones, Francisco Lara, indicó que “lo que estamos presentando hoy, son las modificaciones que tuvo la ley de tránsito, principalmente en los Sistemas de Retención Infantil, estas modificaciones van enfocadas en  el aumento de la seguridad en el traslado de niños en los vehículos, además de mayor rigurosidad en las penas para quienes no cuenten con los elementos de retención infantil”.

“Además recalcar que anteriormente los sistemas de retención infantil aplicaban en menores de 4 años, con la nueva ley esto aumentará a 8 años y recalcar que niños menores de 12 años no pueden ir sentados adelante” agregó el Seremi.

Modificaciones legales

Junto con la prohibición de trasladar a menores de 12 años en los asientos delanteros, exigencia que entra en vigencia a partir de este miércoles 16 de marzo, cuando será publicado en el Diario Oficial (a excepción de los vehículos de cabina simple), esta nueva ley también amplía la edad de uso de sistemas de retención infantil hasta los 8 años inclusive, además de incorporar características de peso y talla (135 cm y 33 Kg); exigencia que entrará en vigencia en un año más, es decir, a partir de marzo de 2017. Esta última obligación no regirá para los taxis, en todas sus modalidades.

La Ley aumenta las sanciones por no llevar a un niño/a  en sistema de retención infantil, pasando de ser una falta grave a una gravísima (equivalente a una multa de entre 1,5 a 3 UTM, es decir, entre $66.000 y $132.000), más la suspensión de licencia de conductor entre 5 y 45 días. Igual multa tendrán aquellos conductores que trasladen a menores de 12 años en el asiento del copiloto.


Hasta hoy, la Ley de Tránsito prohibía el traslado de menores de 8 años de edad en los asientos delanteros de los vehículos, y exigía que los niños menores de 4 años fueran trasladados en sillas.


Fuente: Gobierno Regional
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