La
ley 20.904 perfecciona la legislación vigente en lo relativo al transporte de
menores en vehículos livianos y aumenta las sanciones para aquellos conductores
que no trasladen a los niños/as en
asientos traseros o que no utilicen sistemas de retención infantil.
A
partir de miércoles 16 de marzo, los niños de hasta 12 años deberán trasladarse
en el asiento trasero de los vehículos livianos. Esto, de acuerdo a una
modificación a la ley de tránsito que fue aprobada de manera transversal en el
Congreso, que nació de una moción parlamentaria impulsada por diputados de
diversos sectores y que fue apoyada por el
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones durante su tramitación.
La
Intendenta de la Región de O’Higgins, Teresa Núñez, explicó la importancia de
esta nueva normativa, ya que “una de las preocupaciones del Gobierno de la
Presidenta, Michelle Bachelet, son los niños y niñas del país. Lo que estamos
haciendo es dar a conocer cómo y dónde
deben estar instalados nuestros niños y niñas dentro del vehículo, desde cuándo
empieza a funcionar esta normativa y cuáles van a ser los parámetros en la
fiscalización que va a ser a través de Carabineros de Chile”.
La
máxima autoridad regional además hizo un llamado a los padres, donde sostuvo
que “esta normativa que empieza a regir ahora y que será gradual, busca que los
padres tomen conciencia del cuidado que deben tener a la hora de trasladar a
sus hijos, ya que está demostrado que el uso del cinturón de seguridad y de
sistemas de retención infantiles, pueden reducir entre un 50% y un 80% las
lesiones mortales y graves de bebés y niños y niñas ante un accidente de
tránsito”.
Mientras
que el Seremi de Transporte y Telecomunicaciones, Francisco Lara, indicó que
“lo que estamos presentando hoy, son las modificaciones que tuvo la ley de
tránsito, principalmente en los Sistemas de Retención Infantil, estas
modificaciones van enfocadas en el
aumento de la seguridad en el traslado de niños en los vehículos, además de
mayor rigurosidad en las penas para quienes no cuenten con los elementos de
retención infantil”.
“Además
recalcar que anteriormente los sistemas de retención infantil aplicaban en
menores de 4 años, con la nueva ley esto aumentará a 8 años y recalcar que
niños menores de 12 años no pueden ir sentados adelante” agregó el Seremi.
Modificaciones
legales
Junto
con la prohibición de trasladar a menores de 12 años en los asientos
delanteros, exigencia que entra en vigencia a partir de este miércoles 16 de
marzo, cuando será publicado en el Diario Oficial (a excepción de los vehículos
de cabina simple), esta nueva ley también amplía la edad de uso de sistemas de
retención infantil hasta los 8 años inclusive, además de incorporar
características de peso y talla (135 cm y 33 Kg); exigencia que entrará en
vigencia en un año más, es decir, a partir de marzo de 2017. Esta última
obligación no regirá para los taxis, en todas sus modalidades.
La
Ley aumenta las sanciones por no llevar a un niño/a en sistema de retención infantil, pasando de
ser una falta grave a una gravísima (equivalente a una multa de entre 1,5 a 3
UTM, es decir, entre $66.000 y $132.000), más la suspensión de licencia de
conductor entre 5 y 45 días. Igual multa tendrán aquellos conductores que
trasladen a menores de 12 años en el asiento del copiloto.
Hasta
hoy, la Ley de Tránsito prohibía el traslado de menores de 8 años de edad en
los asientos delanteros de los vehículos, y exigía que los niños menores de 4
años fueran trasladados en sillas.
Fuente: Gobierno Regional